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¿Pueden despedirme por no querer ponerme la vacuna?

Una mujer de 90 años ha sido la primera persona en el Reino Unido y el mundo en recibir la vacuna contra el covid-19 desarrollada por la farmacéutica estadounidense Pfizer y su socio alemán BioNTech.

Los ingleses empezaron el pasado martes su programa de inmunización contra el coronavirus, el mayor de su historia, después de convertirse la semana pasada en el primer país del mundo en aprobar el uso de la vacuna.

¿A quién deberíamos ponerle primero la vacuna del coronavirus cuando llegue?
Margaret Keenan es solo la primera de una larga lista de ciudadanos que acabaremos vacunándonos contra el coronavirus en todo el mundo. Aunque de momento no está claro cuándo comenzarán a aplicarse en España, la opinión pública ya se ha manifestado al respecto: La mitad de los españoles no se pondría, de primeras, la vacuna del covid-19. Con este panorama surgen varias dudas sobre qué pasará cuando lleguen las primeras dosis y una de las más repetidas es si tu empresa te pueden obligar a vacunarte. Para resolver esta y otras cuestiones, El Confidencial ha charlado con Eva Mirón Parra, abogada laboralista del despacho A&E.

¿Te pueden obligar en el trabajo a vacunarte contra el covid-19?

En materia de seguridad y salud, la Ley de Prevenciones Laborales establece que las empresas pueden programar reconocimientos médicos, ahora bien, nada se indica respecto a la obligatoriedad por parte de los empleados de seguir algún tipo de tratamiento médico. Teniendo en cuenta esto, las vacunas contra el covid-19 no se podrán imponer a los trabajadores y ello debido a que la vacunación es un acto voluntario.

Respecto a esta cuestión la abogada plantea la siguiente reflexión: Si el Ministerio de Sanidad ordena administrar el fármaco a toda la sociedad o a los trabajadores de determinados sectores en base a leyes de salud pública o a la Ley Orgánica de estados de alarma, excepción y sitio, la vacunación contra el covid-19 sería obligatoria.

Si eres personal sanitario o formas parte de servicios esenciales, ¿podrían tener una mayor base legal para obligate a vacunarte? La evidente exposición del personal sanitario al virus, hace que sea más necesario que estos trabajadores cuenten con la mayor protección posible frente al mismo, debiendo entender por protección, tanto los EPI como las oportunas vacunas. Ahora bien, de momento, la vacunación es voluntaria tal y como recoge el Real Decreto 664/1997 en referencia a los biosanitarios (personal médico, enfermería y técnicos de laboratorio): “Cuando exista riesgo por exposición a agentes biológicos para los que haya vacunas eficaces, éstas deberán ponerse a disposición de los trabajadores, informándoles de las ventajas e inconvenientes de la vacunación”. Es decir, no se obliga a los empleados a la vacunación sino que se les informa sobre la posibilidad de hacerlo para que ellos decidan.

En conclusión, no pueden obligar al personal sanitario a vacunarse contra el covid-19. Si desde tu empresa te presionan para vacunarte, te niegas y te despiden, ¿sería un despido ilegal? El empresario que despide a un trabajador debido a que se ha negado a vacunarse contra el covid-19 debe ser consciente de que, si el trabajador reclama el Juez de lo Social podrá determinar que el despido es nulo o improcedente, todo dependerá de la valoración que haga el juzgador. Lo que está claro es que ese despido si o si tendrá el carácter de ilícito debido a que negarse a la vacunación no es una causa de despido.

¿Puede ser la vacuna un requisito a la hora de acceder a un empleo? El principio de organización y dirección del empresario hace posible que delimite, según su criterio, los requisitos que debe cumplir el empleado que se va a incorporar a su plantilla.

Ahora bien, exigir la vacunación para acceder a un puesto de trabajo sería discriminatorio, por lo que ninguna empresa puede ni debe incluir este requisito en las ofertas de trabajo. ¿Es legal preguntar a un candidato en una entrevista de trabajo si está vacunado? El artículo 14 de la Constitución española establece que “Los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición personal o social”. Partiendo de este precepto se ha considerado como “ilegal” plantear a un candidato preguntas sobre su orientación sexual, religión, afinidades políticas… debido a que se entiende que con estas cuestiones se vulneraría su derecho a la intimidad. Por otro lado, debe tenerse en cuenta que el candidato podría argumentar que no fue contratado sobre la base de algún tipo de discriminación, por lo que este tipo de cuestiones no deben en ningún caso plantearse en una entrevista de trabajo.

Advertir que la Ley de infracciones y sanciones del orden social en su artículo 16 penaliza este tipo de actuaciones, contemplando como falta “solicitar datos de carácter personal en los procesos de selección». En ese mismo contexto se encuadraría la vacunación contra el covid-19, ya que forma parte de la intimidad del candidato por lo que nunca debe formar parte de las cuestiones que se plantean en una entrevista de trabajo. ¿Sería legal incluir en el currículim que estás vacunado? Al ser una información privada que se ofrece libre y espontáneamente no existe ningún problema con incluirla en el CV.

Pese a lo anterior si se debe tener en cuenta que esta manifestación puede acarrear ciertos problemas para la empresa. Por un lado, debido a que si se contrata al candidato vacunado y se descarta al que no lo está, se podría entender que ha habido una discriminación, situación prohibida por nuestro ordenamiento legal. Por otro lado, debido a que al encontrarnos ante información sensible se debería activar un protocolo específico en materia de protección de datos, lo que implicaría que este CV tuviese que ser destruido en cuanto finalizase el proceso de selección. No hacerlo podría tener graves consecuencias económicas para la compañía.


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