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Prorrogar los ERTE permite extenderlos hasta el 30 de junio

La ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz, ha destacado que el acuerdo para prolongar los Expedientes de Regulación Temporal de empleo (ERTE) más allá del estado de alarma es «muy beneficioso» para empresarios y para trabajadores y «equilibrado».

Díaz agradeció a patronales y sindicatos por apoyar el acuerdo y por estar «siempre a la altura de las circunstancias». «Han sabido dejar las diferencias que puntualmente tienen para ponerse de acuerdo e intentar salvar a nuestro país», ha dicho en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros.

El acuerdo prorroga los ERTE, establece el compromiso de mantenimiento del empleo durante seis meses y «tiene en cuenta la delicadeza en que se encuentran algunos sectores».

Díaz ha afirmado que serán el Gobierno y los agentes sociales, en el marco de una comisión tripartita que se reunirá de manera ordinaria el segundo miércoles de cada mes, la que decidirá qué sectores necesitarán seguir con ERTEs más allá del 30 de junio si persisten restricciones a la actividad por razones sanitarias.

La ministra ha asegurado que el acuerdo tiene en cuenta la «delicadeza» en la que se encuentran algunos sectores económicos y laborales, de ahí que contemple la creación de una comisión tripartita en la que definir qué sectores necesitarán ayuda «tras el levantamiento del estado de alarma».

Para ello, ha explicado, se hará un trabajo «muy minucioso», en el que se tendrán en cuenta datos económicos y de la actividad de los sectores «por si llegado el momento hay que acompañarlos más allá del estado de alarma». Será la comisión tripartita quien lo pondere para luego llevarlo a aprobación al Consejo de Ministros.

Patronal y sindicatos dan el visto bueno al preacuerdo
Por su parte, el Comité Ejecutivo de la CEOE, reunido desde las 9.00 horas de este viernes, ha dado el visto bueno al preacuerdo alcanzado con el Gobierno en la noche del jueves para extender los ERTEs hasta el 30 de junio.

También han dado luz verde al acuerdo UGT, que había convocado a su Consejo Confederal para discutir el preacuerdo a las 9.00 horas de esta mañana, y CCOO, que celebró reunión de su Comisión Ejecutiva a las 11.00 horas.

Exenciones sociales
El Gobierno ofreció anoche a los empresarios que puedan tener una exención en mayo del 85% de las cotizaciones sociales por los trabajadores que reinicien su actividad, a partir de la renuncia a continuar en los expedientes de regulación temporal de empleo (ERTE). Exención que será del 70% de la aportación empresarial devengada en junio, cuando la empresa hubiera tenido menos de 50 trabajadores o asimilados a los mismos en situación de alta en la Seguridad Social a 29 de febrero de 2020. Así se recoge en el texto final que Trabajo ofreció a la patronal y los sindicatos sobre la continuidad de los ERTE, al que tuvo acceso EXPANSIÓN. Con ello, el Gobierno, las patronales CEOE y Cepyme, y los sindicatos CCOO y UGT llegaron anoche a un principio de acuerdo sobre la prórroga de los ERTE, tras el estado de alarma que, en principio se extenderá hasta el 25 de mayo.

Concretamente, el preacuerdo permite prorrogar los ERTE por fuerza mayor hasta el 30 junio, si bien la protección por desempleo de los trabajadores fijos discontinuos se extenderá hasta el 31 de diciembre.

El texto del preacuerdo continua que «si el 29 de febrero la empresa hubiera tenido 50 o más trabajadores o asimilados a los mismos en situación de alta, la exención alcanzará el 60% de la aportación empresarial devengada en mayo ,y el 45% de la aportación empresarial, devengada en junio».

Respecto de los trabajadores de estas empresas que continúen con sus actividades suspendidas a partir de la fecha de efectos de la renuncia y de los periodos y porcentajes de jornada afectados por la suspensión, la exención alcanzará el 60% de la aportación empresarial devengada en mayo de 2020, y el 45% de la aportación empresarial devengada en junio de 2020. Igualmente, cuando la empresa hubiera tenido menos de 50 trabajadores o asimilados a los mismos en situación de alta en la Seguridad Social a 29 de febrero de 2020.

Si en esa fecha la empresa hubiera tenido 50 o más trabajadores, o asimilados a los mismos, en situación de alta, la exención alcanzará el 45% de la aportación empresarial devengada en mayo de 2020 y el 30% de la aportación empresarial devengada en junio de 2020.

A cambio, el Gobierno mantuvo el compromiso de la empresa de mantener el empleo durante el plazo de seis meses desde la fecha de reanudación de la actividad. Es decir, «entendiendo por tal la reincorporación al trabajo efectivo de personas afectadas por el expediente, aun cuando ésta sea parcial o sólo afecte a parte de la plantilla». El documento continua asegurando que «el compromiso se entenderá incumplido si se produce el despido o extinción de los contratos de cualquiera de las personas afectadas por dichos expedientes».

No obstante, Trabajo puntualiza que «no se considerará incumplido dicho compromiso cuando el contrato de trabajo se extinga por despido disciplinario declarado como procedente, dimisión, muerte, jubilación o incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez de la persona trabajadora». Ni, tampoco, «por el fin del llamamiento de las personas con contrato fijo-discontinuo, cuando éste no suponga un despido sino una interrupción del mismo».

El último texto de la negociación entre el Gobierno, la CEOE, Cepyme y los sindicatos, sostiene que «en el caso de contratos temporales el compromiso de mantenimiento del empleo no se entenderá incumplido cuando el contrato se extinga por expiración del tiempo convenido o la realización de la obra o servicio que constituye su objeto o cuando no pueda realizarse de forma inmediata la actividad objeto de contratación.

El principio de acuerdo dice que «las empresas que incumplan este compromiso deberán reintegrar la totalidad del importe de las cotizaciones de cuyo pago resultaron exoneradas, con el recargo y los intereses de demora correspondientes, según lo establecido por la Seguridad Social». Eso sí, previa actuación de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social que acredite el incumplimiento y determine los importes a reintegrar». Todo ello, sin perjuicio de la aplicación de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social.

Además, el principio de acuerdo recoge que «las empresas y entidades que se acojan a los expedientes de regulación temporal de empleo regulados y que utilicen los recursos públicos destinados a los mismos, no podrán proceder al reparto de dividendos durante el ejercicio fiscal correspondiente a la aplicación de los expedientes de regulación de empleo, excepto si devuelven la parte correspondiente a la exoneración aplicada a las cuotas de la seguridad social».

El texto del preacuerdo explica que no podrán acogerse a los ERTE por fuerza mayor total empresas que tengan su domicilio fiscal en un paraíso fiscal.

En caso de que un repunte del virus llevará a implantar de nuevo restricciones a la actividad, el Gobierno se reserva la posibilidad de prorrogar los ERTE por fuerza mayor total más allá del 30 de junio, así como las exenciones en las cotizaciones a la Seguridad Social o a extenderlas a los ERTE por causas objetivas.


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