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¿Cuales son los cambios de la reforma laboral?

La reforma -finalmente no habrá derogación- de la reforma laboral, sacada adelante prácticamente sobre la bocina tras el acuerdo entre los agentes sociales el pasado 23 de diciembre, ha sido aprobada este jueves en el Congreso por un solo voto. Ha sido un mes de declaraciones cruzadas en el que han recibido críticas prácticamente todos los implicados por las concesiones hechas al otro lado.

En cualquier caso, llegarán unos cambios que afectarán al tejido productivo del país. La vicepresidenta segunda del Gobierno y Ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz, abandonó la retórica de la derogación y celebró lo que considera «una nueva legislación laboral que recupera derechos en favor del trabajo decente». Ésta, aseguraba al poco de conocerse el acuerdo, nos acerca a Europa «en materia de estabilidad y seguridad en el empleo».

Por su parte, la patronal aseguraba en un comunicado conjunto de Cepyme y CEOE que «el acuerdo consolida el modelo laboral actual, que ha permitido incrementar la productividad de las empresas, asegurar su competitividad y contribuir al crecimiento del empleo». Estos son los cambios.

¿QUÉ OCURRE CON LA ULTRAACTIVIDAD?

La ultraactividad, gran protagonista de las protestas del sector del metal en Cádiz, aparece en el nuevo reglamento, que podría haber evitado el conflicto a finales de 2021. Si no se pacta un nuevo convenio colectivo, se prorrogará el anterior hasta que sea sustituido por el nuevo. Anteriormente había un plazo de un año de vigencia, pero ahora se hará de forma indefinida.

Por otro lado, el convenio sectorial primará sobre el de la empresa en salarios y jornada laboral. El de las compañías podrá regular otros aspectos, en cualquier caso, pero no se podrá imponer en esos dos. Díaz celebró esta medida con la que se acaba «con la lógica de la devaluación salarial impuesta por el PP y apostamos por una política de rentas basada en la prosperidad compartida». También se garantiza la aplicación del convenio sectorial para las personas subcontratadas.

¿CUÁLES SON LOS CAMBIOS EN TEMPORALIDAD?

El contrato indefinido «será la norma y nunca más la excepción», según Díaz, con el fin de reducir la temporalidad, un aspecto que la vicepresidenta criticó desde la formación del Gobierno. Se ha planteado que se reduzca el periodo durante el que se pueden encadenar estos contratos antes de que el trabajador pase a ser considerado indefinido (de 24 meses en un periodo de 30 a 18 en un periodo de 24). Además, los contratos temporales únicamente podrán ser formativos y estructurales.

Los primeros, como es lógico, estarán enfocados a la formación de trabajadores. Los segundos servirán para sustituir las bajas de los empleados -será necesario especificar a quién sustituye el trabajador- o para afrontar periodos concretos en los que se vea afectada la producción.

En este caso únicamente se podrán realizar por incrementos imprevisibles de producción o por oscilación en la demanda, pero nunca durante más de seis meses o un año si el convenio del sector recoge esta posibilidad. Si el incremento es previsible -campañas agrícolas o de mayor consumo en sectores como el comercio o la hostelería- estarán limitados a un periodo máximo de 90 días no consecutivos al año y deberá informarse a los representantes sindicales de esta previsión en el último trimestre del año anterior.

¿Y EN FORMACIÓN?

Los contratos de formación serán de dos tipos, inspirados en el modelo alemán: alternancia y prácticas. El de alternancia estará dirigido a la formación dual, un concepto cada vez más extendido que desde algunos sectores se ve como la solución a la falta de mano de obra. Estará destinado únicamente a los menores de 30 años, combinará trabajo y formación (será obligatorio que quien esté empleado bajo esta figura tenga un tutor) y el contrato no podrá ser inferior a los tres meses ni superior a los dos años.

El contrato de prácticas dependerá en gran parte del convenio de cada sector y podrá prolongarse entre seis meses y un año de duración.

¿HABRÁ DESPIDOS ECONÓMICOS EN LA ADMINISTRACIÓN?

Según adelantó la propia Yolanda Díaz, con la nueva reforma se elimina la posibilidad de despedir a los trabajadores fijos de las Administraciones Públicas por causas económicas.

¿CÓMO QUEDAN LOS ERTE?

«Tras la experiencia de la pandemia, los ERTE han venido para quedarse», explicó en su momento la ministra, que aseguró que «incorporamos lo aprendido y combinamos la protección social con la flexibilidad interna». Este «modelo alternativo» se contrapone, en opinión de la vicepresidenta, a la estrategia del Partido Popular durante la anterior crisis -«se afrontó con recortes salariales y despidos» y se potenciarán los expedientes de regulación temporal de empleo.

Los nuevos ERTE estructurales se conocerán como Mecanismo RED de Flexibilidad y Estabilización del Empleo y podrán ser cíclicos y sectoriales. Los primeros tendrán una duración máxima de un año y se podrán activar cuando haya una coyuntura que así lo aconseje, como sería la pandemia. Los sectoriales también durarán un año, si bien se podrán prorrogar hasta dos veces, seis meses en cada ocasión, y estarán destinados a las empresas de sectores que consideren que sea necesario emprender una transición profesional.

¿SE PUEDE VALORAR YA SU EFECTIVIDAD?

Según el Gobierno, sí. El secretario de Estado de Empleo y Economía Social, Joaquín Pérez Rey, comenzó el pasado miércoles la rueda de prensa para desglosar los datos de paro registrado y de afiliación a la Seguridad Social con la información relativa a la contratación en una suerte de defensa de la reforma que se debía votar el día siguiente. «Tiene una apuesta absolutamente decidida para luchar contra la gran lacra del mercado de trabajo, que es la precariedad», aseguró.

Así, explicó Pérez Rey, los 238.672 contratos indefinidos suscritos durante el mes de enero son fruto de una legislación que «manda un mensaje muy nítido al conjunto del sector productivo español». Y éste es que «la regla a partir de ahora es la contratación indefinida», como prueban estos «datos esperanzadores». La realidad, no obstante, es que los 1.348.712 contratos restantes, una vez que se extraen los formativos, son temporales, con un 28,92% de ellos eventuales y un 23,85% de obra.


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