¿Qué es la jubilación activa y cuánto se puede cobrar?
La jubilación y la actividad laboral son, a priori, términos contrapuestos. Alargar la vida laboral más allá de los 65 años puede no resultar muy atractivo, pero la cosa cambia si se cobran sueldo y pensión al mismo tiempo. La llamada jubilación activa no fue una realidad en España hasta 2013, cuando se empezó a regular una figura que puede ser muy interesante si aún se tiene la vitalidad suficiente como para seguir en el mercado de trabajo y cotizar unos años más.
La pensión de jubilación se calculará con los 25 mejores años de cotización
En principio, percibir la pensión de jubilación es incompatible con la realización de “cualquier trabajo del pensionista, por cuenta ajena o propia, que dé lugar a su inclusión en el Régimen General o en alguno de los Regímenes Especiales”, según recoge el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones en su página web, pero existen algunas salvedades.
Cómo acceder a la jubilación activa
La jubilación activa no se puede realizar de forma anticipada. Es decir, es necesario haber cumplido la edad mínima legal, fijada en 65 años, para acceder a la pensión. La jubilación será diferente en función del tipo de trabajo que se continúe haciendo.
La jubilación parcial es la modalidad pensada para los trabajadores que acuerden con la empresa una reducción de la jornada de trabajo. En este caso, la cuantía de la pensión se verá reducida de forma inversamente proporcional a la jornada. Una fórmula similar es la jubilación flexible, donde no es necesario que exista una relación laborar entre empleado y empresa antes de la jubilación.
También se puede compatibilizar la pensión por jubilación con la actividad laboral por cuenta propia, pero los ingresos anuales no pueden superar el SMI anual (13.300 euros en 2020). También es compatible con el mantenimiento de la titularidad de un negocio y la realización de las funciones ligadas a ella.
¿Cuánto se puede cobrar con la pensión por jubilación si se sigue trabajando?
Para saber los ingresos totales de las personas que se acojan a la jubilación activa hay que sumar el sueldo percibido por la actividad laboral que realicen y la cuantía de la pensión, que será equivalente al 50% del importe resultante en el reconocimiento inicial.
La pensión se irá revalorizando año a año, pero se seguirá cobrando la mitad del importe mientras se mantenga una actividad laboral. El pensionista, además, no podrá acogerse al complemento a mínimos, independientemente de cómo sea la jornada laboral o actividad que realice. En el caso de los autónomos, si acredita tener contratado, al menos, a un trabajador por cuenta ajena, podrá cobrar el 100% de la pensión reconocida.
Una vez finalizada la actividad laboral, ya sea a tiempo parcial, completo, por cuenta ajena o propia, se reestablecerá el percibo íntegro de la pensión por jubilación.
Desde mayo de 2019 se establece, además, la compatibilidad de la pensión de jubilación completa con el desempeño de una actividad de creación artística por la que se perciban ingresos derivados de derechos de propiedad intelectual.
¿Se sigue cotizando mientras se encuentra en la jubilación activa?
Compatibilizar la actividad laboral con la pensión de jubilación también permite seguir cotizando a la Seguridad Social, pero de forma reducida por incapacidad temporal y por contingencias profesionales, según la normativa. A esta fórmula se le suma una “cotización de solidaridad” del 8%, no computable para las prestaciones, que en el caso de realizar un trabajo por cuenta ajena se distribuye entre empresario (6%) y trabajador (2%).