Convocatoria urgente de personal para Secundaria en Andalucía
La Consejería de Educación y Deportes ha publicado este lunes en el BOJA la Resolución de la Dirección General del Profesorado y Gestión de Recursos Humanos para la convocatoria urgente de plazas vacantes y de sustituciones en Educación Secundaria, cuyos aspirantes tendrán un plazo de presentación de solicitudes de cinco días hábiles a partir del día siguiente de la publicación en el BOJA, esto es, a partir de este martes.
El personal que podrá participar en la convocatoria son “aquellas personas que reúnan los requisitos de titulación y dispongan de la formación pedagógica y didáctica”, previstos en la Ley Orgánica 2/2006 de Educación, así como “el personal aspirante a interinidad integrante de las bolsas, salvo el requisito de formación pedagógica”.
Las asignaturas para las cuales Educación busca esas sustituciones urgentes son siete materias, Filosofía; Lengua Castellana y Literatura; Matemáticas; Francés; Inglés; Tecnología; e Informática, según recoge el Boletín Oficial de la Junta, consultado por Europa Press.
Según establece la Resolución de 10 de noviembre de la Dirección General del Profesorado y Gestión de Recursos Humanos, “tanto el personal funcionario interino como el aspirante a interinidad integrante de las bolsas de trabajo de estas especialidades con el requisito de la formación pedagógica no podrán participar en esta convocatoria”.
Entre los requisitos de los aspirantes la Consejería de Educación reclama ser graduado o licenciado universitario de una serie de titulaciones que describe este departamento en la resolución, así como “estar en posesión del certificado de aptitud pedagógica, del título de especialización y didáctica o del título oficial de máster que acredite la formación pedagógica o didáctica”.
En caso de no contar con esta última titulación, la Consejería de Educación trabaja con la alternativa de la experiencia profesional para la selección de los aspirantes, para la que contempla “tener experiencia docente durante dos cursos académicos completos, o 12 meses continuos o discontinuos, con anterioridad al 31 de agosto de 2009, en centros públicos o privados de enseñanza reglada debidamente autorizados, del nivel educativo al que se pretende acceder; o en su caso, haber obtenido, con anterioridad al 1 de octubre de 2009, la Diplomatura en Magisterio o títulos anteriores declarados equivalentes a efectos de docencia, Licenciatura en Pedagogía o en Psicopedagogía”.
La Resolución de la Consejería de Educación señala que “los nombramientos del personal en régimen de interinidad de estas listas, no confieren derechos a prestar servicios de carácter permanente ni a integrarse en las bolsas de trabajo de los distintos cuerpos y especialidades docentes una vez se hayan finalizado los mismos”.
Seguidamente explica que “para acceder a las bolsas de trabajo por la que se regulan los procedimientos de provisión, con carácter provisional, de puestos de trabajo docentes, la movilidad por razón de violencia de género y víctimas de terrorismo, las bolsas de trabajo docentes, así como las bases aplicables al personal integrante de las mismas, es necesario haber superado una o varias pruebas de los procedimientos selectivos establecidos en la última convocatoria realizada en la Comunidad Autónoma de Andalucía, sin haber sido seleccionado”.
Sobre el personal participante de la presente convocatoria que sí disponga de la formación pedagógica y didáctica, la Consejería de Educación señala que “podrá participar en la convocatoria extraordinaria que se convoque”.
La Consejería de Educación afirma en la Resolución de la Dirección General del Profesorado y Gestión de los Recursos Humanos que “quienes participen en esta convocatoria consignarán en la solicitud al menos una provincia y, potestativamente, hasta las ocho provincias de la Comunidad Autónoma de Andalucía en las que deseen ocupar puestos de trabajo para posibles vacantes o sustituciones durante el curso 2020/2021”. “De no hacerlo así, se le incluirán de oficio las ocho provincias de Andalucía, por orden alfabético”, apostilla el texto.
La valoración de los méritos del personal solicitante la realizará una Comisión, incluida en un Anexo de la Resolución, mientras que la Consejería determina, sobre la duración de los nombramientos para vacantes y sustituciones, que el cese de la persona seleccionada “se producirá cuando se incorpore el titular de la plaza, en su caso, cuando sea provista reglamentariamente o cuando desaparezcan las circunstancias de urgencia o necesidad que han motivado el presente nombramiento”.
En cuanto al reconocimiento del tiempo de servicio, la Resolución señala “serán reconocidos conforme a lo establecido en el artículo 46.8 de la Orden de 10 de junio de 2020”.