Requisitos para solicitar el complemento a la infancia ligado al Ingreso Mínimo Vital
Una de las principales novedades que incluía la Ley del Ingreso Mínimo Vital, publicada el pasado 21 de diciembre en el Boletín Oficial del Estado (BOE), era la puesta en marcha de un nuevo complemento económico para la infancia. Pero, ¿quién tiene derecho a solicitarlo? ¿A cuánto asciende la cuantía?.
En primer lugar, se trata de un complemento mensual que sirve como herramienta para combatir la pobreza infantil y que se añade a esta ayuda económica destinada a familias y personas en riesgo de exclusión social. Su importe varía según el número de menores que formen parte de la misma unidad de convivencia y para acceder a esta ayuda hay que cumplir una serie de requisitos.
¿Cuál es la cuantía del complemento?
Pueden acceder a esta ayuda las unidades de convivencia en las que haya menores de edad y que cumplan con los límites máximos establecidos en lo que se refiere a los ingresos, activos y patrimonio. Así, la cuantía se determinará en función de la edad:
- Menores de tres años: 100 euros.
- Mayores de tres años y menores de seis años: 70 euros.
- Mayores de seis años y menores de 18 años: 50 euros.
¿Se tiene que solicitar?
Como detalla la Seguridad Social, no será necesario presentar una solicitud para recibir este complemento económico en los siguientes casos:
- Los actuales perceptores del Ingreso Mínimo Vital.
- Los solicitantes que tengan el expediente en trámite.
- Las personas beneficiarias de la prestación de protección familiar que cumplan con todos los requisitos.
- En estos tres casos, la Seguridad Social reconocerá por oficio el complemento y se otorgará con efectos económicos del 1 de febrero de 2022.
¿Y si no te lo ingresa la Seguridad Social?
Si no cumples con los requisitos para que te lo reconozcan de oficio, se deberá solicitar de la misma manera que el Ingreso Mínimo Vital:
Por Internet a través de esta web.
Mediante el modelo de solicitud que se puede descargar en este enlace.