Renta 2020 – 2021 Gastos que se pueden desgravar y cómo hacerlo
La campaña de la Renta y Patrimonio correspondiente al ejercicio económico de 2021 arranca el próximo 6 de abril para aquellas declaraciones que se presenten de forma telemática y ya surgen dudas entre muchos contribuyentes sobre los diferentes gastos que se pueden desgravar y cómo hacerlo.
La situación familiar influye en la declaración y uno de los beneficios fiscales por tener hijos a cargo es poder incluir los gastos de la guardería para su desgravación en la declaración de la Renta. Una ventaja fiscal que se puso en marcha hace dos años.
En qué consiste esta deducción
Como destaca la Agencia Tributaria, las madres trabajadoras con hijos menores de tres años que tengan derecho a la aplicación del mínimo por descendientes y que realicen una actividad por cuenta propia o ajena dadas de alta en la Seguridad Social o mutualidad «podrán minorar la cuota diferencial de su IRPF hasta en 1.000 euros anuales por cada hijo/a menor de tres años» para deducir estos gastos.
En este sentido, la cuantía se consignará en la declaración anual de IRPF si se cumplen con las condiciones establecidas, pero no se podrá solicitar su abono anticipado. Así, son gastos de custodia las cantidades que pagues si cumplen estos requisitos:
Gastos pagados a guarderías o centros de educación infantil autorizados
Gastos por preinscripción y matrícula de menores de tres años, asistencia, y alimentación.
Estos gastos no pueden tener la consideración de rendimientos del trabajo en especie exentos.
Su abono corresponde a gastos que se hayan producido por meses completos.
Así, esta ayuda de 1.000 euros para las madres trabajadoras es un incremento de la deducción por maternidad por gastos de guardería, por lo que se añade a los 1.200 euros que cobran las madres trabajadoras por la deducción de maternidad.