NUEVO SUBSIDIO extraordinario para desempleados del SEPE
El Servicio Público de Empleo Estatal ofrece una nueva prestación, el subsidio extraordinario por desempleo. A través de la sede electrónica se puede acceder a la misma o en las oficinas del SEPE, en este caso mediante cita previa. No obstante hay que tener claros los requisitos. Solo pueden acceder aquellos que hayan agotado cualquier subsidio de desempleo, de forma que después de agotar el máximo de días cotizados para poder cobrar la prestación contributiva el demandante siga sin empleo.
De igual manera, además de haber agotado esas prestaciones, debes ser considerado como parado de larga duración. Esto es, aquellos que hayan estado en situación de desempleo e inscritos como demandantes durante 360 días como mínimo en los anteriores 18 meses de la solicitud.
Cumplidos estos dos requisitos primordiales, entonces es cuando debes comprobar que sigues las siguientes condiciones: no tener derecho a cobrar prestación por desempleo, acreditar cargas familiares, no constar con registros de cobro anteriores, no tener rentas superiores al 75% del Salario Mínimo Interprofesional, no tener edad para acceder a la prestación por jubilación y no estar trabajando por cuenta ajena o propia, no tener un contrato en suspensión o haber acabado el contrato de manera involuntaria.
¿Cómo se solicita este subsidio extraordinario?
Si cumples con el requisito citado anteriormente de haber terminado recientemente de cobrar el paro, tienes 15 días para rellenar la solicitud. Igualmente debes estar dado de alta como demandante de empleo, sellando el DARDE.
Una vez claros estos dos matices, como se ha dicho antes, se puede realizar la solicitud a través de las oficinas del SEPE mediante cita previa (en la Sede Electrónica o por teléfono), a través de cualquier oficina de registro público, o bien mandando un correo administrativo.
Asimismo, se necesita presentar una documentación específica. Desde la web del SEPE, se puede descargar el modelo oficial de solicitud a entregar. Tienes que identificarte con el DNI o el TIE según tu caso, junto al de las cargas familiares, y presentar un documento donde aparezca tu número de cuenta y acreditarte como titular de la misma. Junto a todo esto, el libro de familia y el certificado de discapacidad de algún hijo menor de edad en caso de que sea así.
¿Cuánto se paga con esta prestación?
Es uno de los aspectos, o el aspecto, de mayor interés para el demandante. La ayuda de este subsidio extraordinario puede llegar a los 431 euros al mes. Debes calcular el 80% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM).
El SEPE suele pagar del día 10 al 15 de cada mes, y el tiempo máximo para cobrar es de 180 días. El dinero llegará a tu cuenta si, como se ha explicado en el listado de los documentos a entregar, acreditas que eres el titular de la cuenta bancaria que das a la hora de rellenar la solicitud.