El ingreso mínimo vital se puede solicitar desde este lunes
A partir de este lunes el ingreso mínimo vital ya se puede solicitar en el portal de la Seguridad Social, en las oficinas de atención e información del organismo –si lo permite la fase de desescalada– y a través de los ayuntamientos, en cuanto se cierren los convenios con estos.
La prestación tiene por objetivo erradicar la pobreza extrema y la exclusión. Será de carácter permanente, pero estará sujeta a revisiones para asegurar que el beneficiario sigue cumpliendo los requisitos. La cuantía no será fija, oscilando entre los 462 y 1.015 euros, y se abonará de forma mensual en 12 pagas.
Plazos para la solicitud
Un único titular solicitará la ayuda por cada hogar. El ingreso puede solicitarse desde este lunes 15 de junio. Para que los solicitantes puedan recabar la información sin perder derechos, todas las solicitudes que se presenten hasta el 15 de septiembre tendrán efectos retroactivos al 1 de junio.
En algunos casos la Seguridad Social actuará de oficio y reconvertirá automáticamente a beneficiarios de la prestación por hijo o menor a cargo sin discapacidad o con discapacidad menor del 33%. También se podrá reconocer la prestación a beneficiarios de rentas de las autonomías que cumplan los requisitos para acceder a la ayuda.
Presentada la solicitud, la Seguridad Social contará con tres meses para dar una respuesta, si bien suele hacerlo en un mes.
Requisitos para acceder a la ayuda
El gran requisito para acceder será el de la vulnerabilidad económica. Asimismo, antes de solicitar la ayuda se tendrán que haber solicitado las prestaciones y pensiones a las que se pudiera tener derecho, se apunta desde la Seguridad Social. El patrimonio (excluida la vivienda habitual) deberá ser inferior a tres veces la renta garantizada anual para un hogar unipersonal (16.614 euros), con una escala de incrementos por hogar.
La ayuda la podrán solicitar personas de entre 23 y 65 años en términos generales, salvo si se cuenta con un menor a cargo, que el mínimo se reduce a 18 años o menos si es menor emancipado.
Asimismo, se deberá contar con unos plazos mínimos de residencia en el país. Se requerirá al menos un año ininterrumpido de residencia legal y efectiva en el país, excepto en las situaciones de violencia de género, trata y explotación sexual.
Para hogares unipersonales al solicitar la ayuda deberán llevar tres años constituidos. Los hogares con dos o más miembros deberán llevar constituidos un año.
La Seguridad Social ha lanzado un simulador online que permite saber si el interesado puede beneficiarse de la prestación y su cuantía. También se pueden resolver dudas a través del teléfono 900 20 22 22 entre la 09:00 y las 14:30 horas.
Cuantía de las prestaciones
La cuantía irá aumentando a lo largo de los años, ya que se ha ligado al incremento de las pensiones no contributivas. Se han establecido 14 tipologías de hogares en función del número de miembros y de si son monoparentales. Teniendo en cuenta los mínimos establecidos, la prestación oscilará entre los 462 y los 1.015 euros si no hay ingresos en el hogar.
Si hay rentas preexistentes, como salariales, la ayuda completará los ingresos hasta alcanzar los mínimos establecidos. Como ejemplo, en el caso de hogares unipersonales, optarán a la ayuda aquellos que tengan ingresos por debajo de los 5.538 euros anuales. La prestación completará los ingresos hasta esta cantidad, con un máximo de 462 euros por cada paga.
Entre los diversos supuestos, la renta garantizada en hogares unipersonales es de 5.538 euros anuales (hasta 462 euros por cada una de las doce pagas), si conviven dos adultos asciende a 7.200 euros anuales (hasta 600 por paga), si el hogar lo forma un adulto y un niño son 8.418 euros anuales(702 euros por paga como máximo), si son dos adultos y un niño sube a 8.861 euros anuales (738 euros por paga); y en hogares de dos adultos y dos niños la renta cubierta se va a 10.523 euros (877 euros en cada paga máximo). Se cobrará la cuantía más elevada, de 12.184 euros anuales o 1.015 mensuales como máximo, en hogares con 2 adultos y 3 o más niños; 3 adultos y 2 o más niño; o 4 adultos y un niño.