Cómo se puede solicitar el ingreso mínimo vital en 2021
El ingreso mínimo vital es una de las ayudas económicas destinadas a prevenir el riesgo de pobreza y la exclusión social. Esta ayuda, aprobada durante el 2020, experimentará una subida del 1,8% durante el 2021.
La cuantía mensual de la renta garantizada para un beneficiario individual durante el 2021 es de 469,93 euros. Para la unidad familiar durante el 2021, según la Seguridad Social, las cuantías son las siguientes:
- 610,91 euros para una unidad de convivencia formada por dos adultos.
- 751,89 euros para una unidad de convivencia formada por dos adultos y un menor o tres adultos.
- 892,87 euros para una unidad de convivencia formada por dos adultos y dos menores o tres adultos y un menor o por cuatro adultos.
- 1.033,85 euros para una unidad de convivencia formada por dos adultos y tres o más menores o tres adultos y dos o más menores o por cuatro adultos y un menor.
Cuando se trate de una unidad familiar monoparental, es decir, de un solo adulto que conviva con uno o más descendientes hasta el segundo grado menores de edad sobre los que tenga la guarda y custodia exclusiva, las cuantías para 2021 son:
- 714,30 euros para una unidad de convivencia monoparental formada por un adulto y un menor.
- 855,28 euros para una unidad de convivencia monoparental formada por un adulto y dos menores.
- 996,26 euros para una unidad de convivencia monoparental formada por un adulto y tres o más menores.
Cómo solicitar el IMV
Para presentar la solicitud del ingreso mínimo vital se puede acceder a la sede electrónica de la Seguridad Social. Se puede acceder a través de este enlace, donde se explican todos los pasos necesarios para solicitar la prestación.
La solicitud se hace mediante un modelo establecido, firmado por el solicitante y todos los componentes de la uniad de convivencia. Además, habrá que adjuntar la documentación que justifique el cumplimiento de los requisitos requeridos para cobrar la ayuda.
En la sede electrónica de la Seguridad Social se puede hacer el trámite mediante el certificado electrónico o mediante usuario y contraseña Cl@ve. También está la opción de acceder sin certificado o sin Cl@ve, para rellenar la solicitud según los pasos establecidos.